Contaduría General de la Nación
Contador General: CESAR SERGIO DURO
Competencias
La Contaduría General tiene competencia para:
• Dictar las Normas de Contabilidad para todo el Sector Público. En ese marco prescribe la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y características de los estados contables financieros a producir por las entidades públicas.
• Cuidar que los sistemas contables que prescriba puedan ser desarrollados e implantados por las entidades, conforme a su naturaleza jurídica, características operativas y requerimientos de información.
• Asesorar y asistir técnicamente a todas las jurisdicciones y entidades en la implantación de las normas y metodologías que prescriba.
• Coordinar el funcionamiento que corresponda instituir para que se proceda al registro contable primario de las actividades desarrolladas por las jurisdicciones y entidades.
• Administrar un sistema de información financiera, que permanentemente permita conocer la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, así como los resultados operativo, económico y financiero de todo el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
• Elaborar las cuentas económicas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo con el sistema de cuentas nacionales.
• Preparar anualmente la Cuenta de Inversión y presentarla a la Legislatura.
• Mantener el archivo general de documentación financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
• Llevar la Contabilidad General de la Administración Central consolidando datos de los servicios jurisdiccionales, realizando las operaciones de ajuste y cierre necesario y producir anualmente resultados contables financieros para su emisión a la Legislatura.
CONTADOR GENERAL
Dirección: Hipólito Irigoyen 250 3er Piso, oficina 304, Capital Federal (1310)
Tel: (011) 43496551 / 43496555 / 43496557
Mail: cduro@mecon.gov.ar
La Dirección General de Contaduría es el órgano rector de los Sistemas Gubernamentales de Contabilidad y de Registro Patrimonial, responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dichos sistemas en todo el ámbito del Sector Público (Ley Nº 70, artículo 113). Está a cargo de un/a Contador/a que es asistido/a por un/a Contador/a Adjunto/a, debiendo ser ambos/as designados/as por el Poder Ejecutivo. Para ejercer dichos cargos se requerirá título universitario de Contador/a Público/a, con experiencia en materia Finaciero-Contable no menor a cinco años.
MISIÓN
10MO. CONGRESO, CAPITAL FEDERAL - NOVIEMBRE 1993
Hacia un sistema de información intergubernamental.
20MO. CONGRESO, CIUDAD DE BUENOS AIRES - OCTUBRE 2005
Aspectos Jurídicos.
Propuesta de principios generalmente aceptados. Requisitos y normas técnicas básicas aplicables a la contabilidad del sector público.